miércoles, 2 de abril de 2008

Las parejas homosexuales deben cobrar la pensión de viudedad

El Tribunal Europeo dice que negar este derecho supone "una discriminación directa por motivos de orientación sexual"

¿Tienen derecho las parejas de hecho homosexuales a recibir la pensión de viudedad? Según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sí, aunque en muchos países europeos el matrimonio esté limitado a las parejas heterosexuales y las pensiones de viudedad sólo se cobren cuando la persona que fallece había contraído matrimonio. La Corte europea, con sede en Luxemburgo, dictaminó ayer en una sentencia sin precedentes que negar la pensión de viudedad a una persona homosexual cuando fallece su pareja de hecho supone "una discriminación directa por motivos de orientación sexual".

Con este fallo, vinculante para todos los estados europeos, los jueces comunitarios equiparan los derechos de las parejas homosexuales a los de las heterosexuales para aquellos países de la UE donde la igualdad aún no está garantizada, lo que supone un paso hacia delante en materia de derechos civiles en el ámbito europeo.

En Alemania la ley niega el matrimonio a personas del mismo sexo, pero en los últimos años ya se han ido igualando los derechos de los matrimonios a los derechos de las parejas de hecho. Aun así, la sentencia reconoce que el régimen de pensiones alemán supone "una discriminación" hacia las parejas formadas por gais o lesbianas.

Este fallo supone un precedente, pero en España tendrá un efecto nulo ya que las leyes españolas, pioneras en derechos de los homosexuales, no dejan lugar a un caso similar: las personas del mismo sexo pueden contraer matrimonio igual que las heterosexuales y las parejas de hecho tienen derecho a cobrar pensión de viudedad.

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